2do aporte sobre la Reforma Constitucional: SIN CLARIDAD INSTITUCIONAL



1️⃣ De las 27 Gacetas Oficiales publicadas entre el 10 de enero y el 17 de febrero de 2025 , no existe ningún decreto, resolución donde se nombre o se haga la designación de la Comisión Nacional para el estudio y debate del Proyecto de Reforma Constitucional

Como tampoco existe decreto presidencial de aprobación de la iniciativa de Reforma Constitucional en el Consejo de Ministros, ni un acuerdo aprobado por la Asamblea Nacional, que son 2 de las 3 iniciativas que plantea el artículo 342 de la CRBV
Pueden verificar en: https://lnkd.in/ggfJmhsU

Si bien, Nicolás Maduro ha presentado esta Comisión ante el resto de los poderes públicos e incluso ha designado responsables para atender cada uno de los temas que se dice van a atender en esta reforma, todo el planteamiento queda todavía a un paso para ser oficializado y este es la publicación de la decisión.

2️⃣ Se hace necesario conocer en detalle cuál es el contenido del Proyecto de Reforma Constitucional que se plantea.

Más allá de la descripción de las áreas que se quieren transformar, es necesario que los venezolanos conozcan la propuesta de modificación de los 80 artículos de la actual constitución que se dice quieren reformar

3️⃣ La Comisión Nacional encargada de debatir y presentar un el proyecto de reforma, es efectivamente amplia al contar con representantes de todos los poderes públicos, con ex constituyentistas, como con expertos y académicos.
Sin embargo, a pesar de lo amplia, esta comisión carece de pluralidad y de representación de la diversidad de pensamiento presente en la sociedad venezolana

Esto es otra de las razones por lo que se hace necesario conocer el proyecto inicial de reforma, que se difunda por todos los medios posibles y que sea de fácil acceso por cualquier ciudadano.

Angel Medina
Politólogo

@AngelMedinaD